¿Qué es SGSS?
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SGSS es el Sistema General de Seguridad Social, donde los trabajadores y empresas hacen sus aportes y afiliaciones a salud, pensión y parafiscales.
Afiliaciones y aportes
¿Qué debes saber?
- Los aportes al SGSS son aquellos pagos que hace tanto el trabajador como la empresa hacia entidades públicas o privadas para mantener estas condiciones vigentes durante el vínculo laboral.
- Las afiliaciones son el acto administrativo en el cual se reconoce a una persona natural o jurídica en el Sistema General de Seguridad Social.
¿Eres empleador?
Recuerda que toda empresa legalmente constituida con trabajadores en contrato laboral debe estar afiliada a las administradoras de Seguridad Social, de lo contrario, puedes incurrir en sanciones por parte de la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales).
Si la empresa ese constituyó recientemente, debe integrarse como empleadora a las administradoras, las cuales son:
- EPS: Empresa Promotora de Salud.
- AFP: Administradora de Fondos de Pensiones.
- CCF: Caja de Compensación Familiar.
- ARL: Administradora de Riesgos Laborales.
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¿Cómo elegir las administradoras?
El empleador es el responsable de realizar las afiliaciones frente a todas las administradoras, sin embargo, la elección de estas entidades se divide de la siguiente manera:
- Empleado:
– EPS
– AFP Empleador:
Estas administradoras son generales y todos los empleados están sujetos a las entidades escogidas por la empresa, estas son:
– CCF
Esta cambia, si y sólo si, la empresa tiene colaboradores en otras ciudades.
– ARL
El empleador siempre debe afiliar al colaborador un día antes de su ingreso, esto debido a que la cobertura inicia al día siguiente de la afiliación.
¿Cómo es el proceso de afiliación?
- El empleador debe solicitar la afiliación a cada administradora.
- Luego de la solicitud, se debe esperar la respuesta de cada administradora. El término de respuesta es de 10 a 20 días hábiles después de radicada la solicitud de afiliación.
- Al tener el radicado de la solicitud, el empleador procede a realizar las afiliaciones del colaborador. La gran mayoría de entidades utilizan portales web para permitir la afiliación de los empleados. Esto permite que el proceso sea mas sencillo y rápido.
¡Debes tener en cuenta!
El artículo 114-1 del Estatuto Tributario permite la exoneración de aportes a salud, ICBF y Sena para Empresas y Personas Naturales que contraten colaboradores que devenguen menos de 10 SMMLV.
Personas Naturales que contraten un solo trabajador deben pagar el total del aporte en salud que es 12,5%, y el ICBF y Sena.
¿Cómo liquidar la seguridad social de tu empresa?
En la siguiente tabla se reflejan los porcentajes que un empleado y la empresa deben asumir para pagar la seguridad social y los parafiscales:
Empleado | Company | |
EPS | 4% | 8,5% |
AFP | 4% | 12% |
CCF | – | 4% |
ARL | – | Depende el riesgo I – II – III – IV – V |
ICBF | – | 3% |
SENA | – | 2% |