Nómina Electrónica
¿Obligatoria en Colombia?
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En la actualidad la tecnología ha venido tomando gran importancia en los sistemas contables y gerenciales de las empresas, hoy en día la tecnología es una herramienta indispensable para estos procesos. Por eso desde 2021 pasamos de una nómina tradicional a manejar una nómina electrónica.
Pilas – ¡Desde 2021 la DIAN implementó la nómina electrónica!
Pero…
¿Qué es Nómina Electrónica?
Es un comprobante que se envía a la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) y le permite a las empresas tener la posibilidad de tomar los pagos a sus empleados como un soporte de costos y deducciones, en otras palabras es una obligación que tienen los empleadores de generar un soporte de pago de nómina y transmitirlo a la DIAN.
¿Cuándo entro en vigencia?
El 11 de febrero del 2021 la DIAN impuso esta nueva herramienta bajo la resolución No. 000013 . Entró a regir el 18 de agosto de 2021 y es una obligación para todo empleador.
¿Quiénes deben emitirla?
Toda empresa o persona jurídica en Colombia que tenga relación laboral con al menos una persona, está obligada a emitir nómina electrónica.
¡Aunque implementarla sea una obligación, no significa que sea negativo!
Estas son algunas de sus ventajas :
- Automatización de procesos.
- Generar reportes completos y en tiempo real.
- Resguardar los históricos de pago en la nube.
- Permite tomar los pagos como costos o deducciones en el impuesto de renta.
Muy importante…
Toda empresa que tenga personal mediante un contrato de trabajo está en la obligación de generar nómina electrónica.
- Toda empresa que se constituya desde el 18 de agosto de 2021 esta obligada a implementar esta nómina.
- Las empresas que no emitan su nómina electrónica con los requisitos pertinentes se enfrentan a una sanción del 5% por mes sobre la suma total de su nómina mensual.
- Si la empresa suministra información errónea ante la DIAN y no se corrige dentro de los plazos establecidos, tendrán otra multa del 4% de la suma total de su nómina.
- Por último, si no se presenta la nómina electrónica en las fechas estipuladas, la empresa se puede enfrentar a una sanción del 3% de la suma total de su nómina por mes.